1- ¿Qué es un Centro Educativo Terapéutico? 

El servicio que se brinda a las personas con discapacidad teniendo como objeto la incorporación de conocimiento y aprendizaje a través de enfoques, metodologías y técnicas de carácter educativo terapéutico. Está dirigido a niños y jóvenes cuya discapacidad motriz, sensorial y mental no les permita acceder a un sistema de educación especial sistemático y requieren este tipo de servicios para realizar un proceso educativo adecuado a sus posibilidades. 

2- ¿Qué contempla la ley de discapacidad?

  • Ley 24.901 (año 1997): prevé la cobertura de prestaciones de prevención, promoción, asistencia y rehabilitación de la persona con discapacidad. La cobertura incluye:
  • Estimulación temprana; educación especial; integración en escolaridad común; formación laboral; talleres protegidos; centro de día; centro educativo terapéutico.
  • Hogares para personas sin grupo familiar continente
  • Prestaciones de rehabilitación
  • Odontología
  • Pañales
  • Equipamiento: sillas de ruedas, sillas especiales, prótesis, ortesis, ayudas técnicas, etc.
  • Alimentos dietarios especiales
  • Prestaciones asistenciales 

3- ¿Cómo accedo a la cobertura? 

El requisito básico para acceder a la cobertura es el “Certificado de Discapacidad”. También brinda otros beneficios como: 
Transporte público de pasajeros en forma gratuita
Trámite relacionado con Régimen de Asignaciones Familiares (salario hijo con discapacidad)
Símbolos internacionales de acceso
Exención del pago de patente
Franquicia para adquisición de automotores 

4- ¿Dónde se tramita el certificado de discapacidad? 

El Certificado de Discapacidad se tramita en: 

Si la persona con discapacidad tiene domicilio en Provincia de Buenos Aires debe dirigirse a la Junta Médica de Discapacidad de cada municipio. 

Si tiene domicilio en Capital Federal debe dirigirse a determinados hospitales de la Ciudad de Buenos Aires, previa consulta al Servicio Nacional de Rehabilitación.
Ejemplos: 

  • Hospital Penna y Piñero: discapacidad visceral
  • Hospital Alvear: discapacidad mental
  • Hospital Santa Lucía: discapacidad visual
  • IREP: discapacidad motora
  • Hospital Rocca: discapacidad motora
  • Ramsay 2250: discapacidad mental en niños6. Ramsay 2250: discapacidad mental en niños 

El certificado de discapacidad es emitido por: Ministerio de Salud de la Nación, a través del SNR (tiene validez nacional); por las provincias adheridas a la Ley 24.901 (tiene validez nacional); por las provincias no adheridas a la Ley pero que han firmado convenio (tiene validez nacional) y por las provincias no adheridas y que no han firmado convenio (tienen validez provincial, no acceden a los beneficios de la Ley 24.901 Estas últimas provincias son: Provincia de Buenos Aires, Tierra del Fuego y Neuquén) 

5- ¿Cómo accedo a una pensión por discapacidad? 

Pensión no contributiva (por discapacidad). Requisitos para acceder a una pensión por discapacidad: 
Encontrarse incapacitado en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca una disminución en la capacidad laborativa del 76% o más. 
No estar amparado el sujeto de derecho ni su cónyuge por ningún tipo de beneficio previsional o no contributivo alguno. 
No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del sujeto de derecho y de su grupo.
Ser argentino o naturalizado. Los naturalizados deben contar con una residencia continuada en el país de por lo menos 5 años anteriores al pedido de la pensión.
Los extranjeros deben acreditar una residencia mínima y continuada en el país de 20b años inmediatos anteriores al pedido de la pensión.
No encontrarse detenido a disposición de la justicia. 

Aclaración: actualmente la flexibilidad en el cumplimiento de los requisitos es mayor, es importante que el interesado concurra al centro que le corresponde por su domicilio e inicie la gestión de la pensión.
Para iniciar el trámite el sujeto de derecho tiene que dirigirse a la Comisión de Pensiones en Territorio más cercano.